A partir del proyecto sancionado por la Legislatura porteña, se disminuye al cero por ciento la alícuota fijada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos provenientes de las actividades de Producción Primaria y Minera -agricultura, ganadería, caza, silvicultura y explotación de minas y canteras-, que hasta la fecha se gravaba con el 0,75%.
A la vez, se reduce de 1.5% a 1% la tasa de IB sobre la producción y elaboración de manufacturas (alimentos y bebidas, indumentaria y calzado, productos farmacéuticos, electrodomésticos, automotrices, siderúrgicos, etc.); mientras que para la actividad de la construcción y servicios relacionados (infraestructura, instalaciones, materiales, corralones) el impuesto baja del 2.5% al 2%.
Por otro lado, las modificaciones también alcanzan a operaciones de pases reguladas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), cuando los activos subyacentes colaterales sean los autorizados por dicha entidad, y operaciones sobre títulos, bonos, letras, certificados de participación y demás instrumentos emitidos y que se emitan en el futuro por el BCRA.