Por medio de la Resolución 286/2023 publicada en el Boletín Oficial, el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) actualizó los importes mínimos y máximos de las multas previstas para aquellos que no suministren en término, falseen o produzcan con omisión maliciosa las informaciones necesarias para las estadísticas y los censos a cargo del Sistema Estadístico Nacional (SEN).
De esta manera, entonces, el importe mínimo pasó a ser de $ 3.089,65, mientras que el máximo de $ 306.564,79.
A la vez, también se determinó que el monto máximo de inapelabilidad sea de $ 6.284,19.
“Corresponde proceder a la actualización de los importes mínimos y máximos establecidos en el Artículo 15 de la Ley N° 17.622, y en la Resolución RESOL-2023-8-APN-INDEC del 4 de enero de 2023, para la aplicación de multas por infracción al suministro de información estadística, así como el monto máximo de inapelabilidad establecido en el Artículo 22 del Decreto N° 3110 del 30 de diciembre de 1970”, se expresó entre los considerandos de la medida que lleva la firma del director del organismo estadístico nacional, Marco Lavagna.