En la presentación de la Asociación Judicial Bonaerense (AJB) que lleva las firmas de su secretario General, Hugo Russo; y del secretario de Investigación y Capacitación, Marcelo De Gori, se le pidió a la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que se considere para el cálculo del salario bruto sobre el cual se debe aplicar el Impuesto a las Ganancias, solamente el ítem del Salario Básico, ya que a partir de la sanción de la ley 27.725 los empleados y funcionarios judiciales que ingresaron después del 1° de enero de 2017 se encuentran en una situación de discriminación (art. 16 de la CN) respecto de los demás trabajadores en relación de dependencia.
A la vez, también se señaló que hoy se encuentran tributando trabajadores con niveles salariales intermedios que quedaron “excluidos de la Ley 27.725, Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos para trabajadores en relación de dependencia”.
Por otro lado, en el escrito del gremio también se advirtió que de sostenerse esta situación en el tiempo y de no mediar actualizaciones del mínimo no imponible durante el año; o de no establecer excepciones (como realizó el año pasado el Ministerio de Economía de la Nación), cada vez que se incremente el salario en las futuras negociaciones paritarias, “más empleados y funcionarios judiciales pasarán a pagar el impuesto a las Ganancias con montos más altos, aunque su salario neto se encuentre cercano a la canasta básica”.