La Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo de la Nación recordó que el 27 de marzo próximo implementará la actualización de los montos máximos de facturación que determinan las categorías MiPyME.
A partir de esta decisión, se permitirá que aquellas empresas cuyo nivel de actividad se haya mantenido no sufran modificaciones en su condición MiPyME por efecto de la inflación. En este sentido, se especificó que si bien los topes de facturación para mantener la condición de MiPyME se actualizan tomando la evolución de precios del último año, la facturación de cada empresa que se toma a los efectos de la categorización MiPyME es un promedio de los últimos tres ejercicios fiscales, a moneda de cada año, por lo que a mayor inflación en el último año respecto de los anteriores, menor es la probabilidad de que una MiPyME pierda su categoría.
Asimismo, el certificado MiPyME les permite acceder a beneficios impositivos y previsionales, como también avales de Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR), entre otros.
Por otro lado, la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo recordó que la Dirección de Fortalecimiento de la Competitividad PyME categoriza a las MiPyMEs en un sector y tramo determinado, y que el sector al que pertenecen se determina de acuerdo a la actividad principal de la empresa y el tramo se asigna en función de los montos de las ventas totales anuales o a su cantidad de empleados, según corresponda.