Por medio de la Resolución 588/2024 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional estableció que el valor de los haberes mínimos y máximos que percibirán los jubilados en el mes de septiembre próximo tendrán un aumento del 4,03%.
En concreto, el haber mínimo garantizado vigente a partir del noveno mes de 2024 será de $234.540,23; mientras que el máximo de $1.578.233,72.
Asimismo, también resolvió que las bases imponibles mínima y máxima quedan establecidas en la suma de $78.993,11 y $2.567.238,86, respectivamente, a partir del período devengado septiembre de 2024.
Por otro lado, se determinó que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU), aplicable a partir del mes de septiembre, se ubicará en $107.291,45; mientras que el de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en $187.632,18.
Finalmente, se dispuso que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 31 de agosto de 2024 o los que, encontrándose encuadrados en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1° de septiembre de 2024, “se actualizarán a los fines establecidos por el artículo 24 inciso a) de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias”.