Por medio del Decreto 696/2024, el Gobierno Nacional disolvió el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI), el cual había sido creado durante el kirchnerismo.
En ese mismo acto, además, se resolvió que se transfiera la totalidad de los recursos materiales y financieros de dicho organismo al Ministerio de Justicia de la Nación, el cual tendrá a su cargo la elaboración y puesta en ejecución de las políticas nacionales para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo.
Respecto a esta decisión, desde la administración nacional señalaron que las nuevas autoridades del INADI produjeron un informe de relevamiento de las diferentes áreas que actúan dentro del mismo, en el cual se observaron “graves irregularidades” en la contratación de personal, arrendamiento de inmuebles y utilización de recursos, así como también “sobredimensionamiento excesivo” de la estructura funcional; retrasos injustificados en la solución de denuncias y expedientes administrativos; e ineficacia e ineficiencia en la obtención de resultados concretos vinculados a la materia de su competencia.
De la misma manera, se detectó que la gestión de los contratos de locación de inmuebles, así como el pago de los distintos servicios y gastos operativos, ha sido “tardía” e “ineficiente”, y su incumplimiento importa para el Estado Nacional la asunción del pago de intereses periódicos en perjuicio del Tesoro Nacional.
“Teniendo en cuenta el fracaso del Instituto de la intervención para lograr la normalización del funcionamiento del referido ente, los graves inconvenientes detectados que dan cuenta no solamente de irregularidades en la gestión de los recursos sino, más grave aún, en el incumplimiento por parte del Instituto de sus funciones específicas para combatir la discriminación, la xenofobia y el racismo, así como razones de índole operativa de la Administración Pública Nacional, y la ineficiencia e ineficacia del Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) constituyen motivos suficientes para disolver con urgencia el precitado organismo”, se argumentó entre los considerandos de la medida.