Actualizan reglamento de contrato aéreo y se establecen las indemnizaciones por adelantado

Por medio del Decreto 809/2024, el Gobierno Nacional avanza en la modernización y desregularización del sector aerocomercial, proceso que inició en julio pasado con la publicación del decreto que sentó las bases de la reforma impulsada en esta materia. Por Cuarto Intermedio

La medida publicada hoy en el Boletín Oficial versa, por un lado, sobre los pagos indemnizatorios por adelantado. En este sentido, valida lo establecido en el Convenio de Montreal de 1999, según el cual las víctimas de un accidente de aviación o sus familias pueden recibir una indemnización por adelantado para sostener razonablemente su nivel de vida mientras suceden las negociaciones o procesos judiciales para obtener la compensación definitiva.

Desde la Secretaría de Transporte, en tanto, recordaron que hasta la fecha las víctimas se encontraban desamparadas en las negociaciones con las compañías aéreas, por lo que tendían a aceptar indemnizaciones inadecuadas hasta un año después del hecho, renunciando a la mayor parte de sus derechos (de no hacerlo, los juicios aún pueden demorar varios años y mientras tanto nadie se responsabiliza por los gastos de la víctima o sus familiares).

Es por ello que a partir de esta nueva normativa, en un plazo no mayor a 15 días el transportista deberá abonarles el importe que les correspondiere en forma proporcional a los perjuicios económicos sufridos. Este pago -se aclaró- no afecta la negociación original ni compromete la posición de ninguna de las partes, así como tampoco genera costos adicionales porque la cobertura de estos pagos ya está prevista en las Pólizas de Aviación de Responsabilidad Civil.

Por otro lado, el decreto publicado también actualiza una norma de casi treinta años conforme los avances de la industria y el mundo, dado que mejora el reglamento de contrato aéreo de pasajeros, equipaje y carga, con el fin de encontrar un equilibrio entre los derechos de los pasajeros y los intereses de las empresas aéreas.

Por primera vez, entonces, se incorpora el derecho al transporte de personas con movilidad reducida y el derecho al transporte con animales y se exige su trato digno. Además y en paralelo, se crea el Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo, mediante el cual se dirimirán los reclamos iniciados por los pasajeros mediante un procedimiento ágil y digitalizado.