Matrículas de los profesionales de la salud no tendrán fecha de vencimiento

La medida establece que la credencial digital única y obligatoria de los profesionales de la salud ya no tendrá fecha de vencimiento, y que aquellas ya emitidas que se encuentren vencidas antes del dictado de la nueva norma pasarán a estar vigentes de manera automática. Por Cuarto Intermedio

El Ministerio de Salud de la Nación estableció que la credencial digital única y obligatoria de los profesionales de la salud ya no tendrá fecha de vencimiento. En concreto y por medio de la Resolución 4827/2024 publicada en el Boletín Oficial, se elimina el plazo de vigencia de cinco años para las matrículas otorgadas, al tiempo que define que aquellas credenciales digitales ya emitidas que se encuentren vencidas antes del dictado de la medida pasarán a estar vigentes de manera automática, eliminando así el trámite de renovación de la misma.

A la vez, establece que toda modificación y/o cambio en los datos personales del profesional deberá ser comunicada a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras y que, en caso de fallecimiento y/o inhabilitación por autoridad competente y/o cualquier otra causal que impida el ejercicio profesional, la autoridad sanitaria podrá cancelar o suspender la matrícula.

Por otro lado, vale recordar que la Resolución Ministerial 3320 del 29 de agosto pasado estableció las nuevas condiciones para la realización de los trámites de matriculación, renovación y rehabilitación de matrículas para todos los profesionales de la salud registrados y los no registrados pero pasibles de incorporación.

Es por ello que a partir del 2 de septiembre (fecha de publicación de la normativa en el Boletín Oficial), todas las matrículas profesionales de la salud pasaron a ser digitales y se encuentran disponibles en la aplicación “Mi Argentina”.