Por medio del Decreto 955/2024 publicado en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación creó el Registro de Agentes del Seguro de Salud para la cobertura médico asistencial de pequeños contribuyentes y monotributistas.
Bajo la órbita de la Superintendencia de Servicios de Salud, en este registro se podrán inscribir las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten recibir, como parte integrante de su población beneficiaria, a los Pequeños Contribuyentes adheridos al mencionado régimen, quedando facultadas para distinguir las categorías cuyo ingreso permitan.
De esta manera y de acuerdo a lo especificado por la cartera que conduce Mario Lugones, las personas adheridas al régimen de pequeños contribuyentes podrán optar libremente por cualquiera de las entidades inscriptas en el registro, debiendo permanecer al menos doce meses en la agencia seleccionada. Además, el titular y cada integrante del grupo familiar tendrán la cobertura prevista en el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE) y, una vez vencido el plazo del año, los beneficiarios podrán optar por una nueva entidad si así lo desean.
Cabe señalar que la medida tendrá aplicación, exclusivamente, para las situaciones y relaciones jurídicas que se configuren con posterioridad a su entrada en vigencia de la misma, y no afecta ni altera los derechos y obligaciones ya consolidados con anterioridad.