Por medio de la Resolución General 5617/2024 publicada en el Boletín Oficial, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) adecuó la normativa del régimen de percepciones por la finalización del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) sin modificaciones y manteniendo todos sus términos en idéntico alcance.
En ese sentido y ante la inminente finalización de la vigencia de dicho gravamen -establecida para el próximo 22 de diciembre, inclusive- el organismo aclaró que el régimen de percepción a cuenta de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para las operaciones de compra de moneda extranjera continúa vigente en los mismos términos establecidos a través de la sustituida Resolución General 4815/2020.
Cabe señalar que ARCA avanza en reintegrar las percepciones hasta 2023, inclusive, correspondientes a la Resolución General 4815/2020, aplicadas sobre operaciones en moneda extranjera (el proceso, se aclaró, se llevará a cabo de forma escalonada y prevé completar el total de devoluciones en marzo 2025).
Asimismo y según se deprende de los datos oficiales, hasta el momento se reintegró a 135.000 CUITs por un total de $ 60 mil millones.
Por otro lado, vale aclarar que los sujetos que son pasibles de la percepción son las personas humanas o jurídicas, sucesiones indivisas y demás responsables que sean residentes en el país y/o efectúen alguna de las operaciones señaladas en el artículo 1° de la norma, que incluyen la compra de divisas, pago de bienes y servicios en el exterior, gastos en turismo y pasajes al exterior, entre otras.
Por el contrario, aquellas operaciones que se encuentran excluidas por el nuevo régimen son: compra de medicamentos; adquisición de libros en cualquier formato; utilización de plataformas educativas y software con fines educativos; la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes; gastos vinculados a proyectos de investigación realizados por investigadores en el ámbito del Estado (nacional, provincial, municipal) y universidades/instituciones del sistema universitario argentino; y la adquisición en el exterior de materiales y equipamientos destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil, por entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificaciones.