Establecen nueva normativa para la habilitación de establecimientos y servicios de salud mental

A partir de esta medida, se establecen las normas mínimas para la habilitación de los establecimientos y servicios de salud mental, así como también los estándares para la supervisión periódica de los servicios de salud mental y consumos problemáticos. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución 6155/2024 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación estableció las normas mínimas para la habilitación de los establecimientos y servicios de salud mental, y los estándares para la supervisión periódica de los servicios de salud mental y consumos problemáticos.

Concretamente y a partir de esta nueva normativa -que implica la modificación de la Resolución 4107/2023- se busca promover una respuesta adecuada por parte del Estado a la demanda de atención en materia de salud mental, con lo cual se consideró necesario avanzar en la habilitación de dispositivos y servicios acordes al modelo de abordaje basado en la comunidad, con el objetivo de alcanzar la inclusión socio-comunitaria de las personas y garantizar una atención de calidad, integral, interdisciplinaria, intersectorial y con enfoque de derechos.

En ese sentido, desde la cartera de Salud recordaron que dicha Resolución -4107/23- provocaba demoras o imposibilidad de habilitaciones, ya que “establecía que para la habilitación y fiscalización de los establecimientos debía realizarse una consulta vinculante con la Secretaría de Derechos Humanos”.

Esta situación -añadieron- “no se correspondía con lo establecido por la norma superior vigente, la Ley Nacional de Salud Mental 26657”, con lo cual la presente modificación obedece no sólo a ubicar la resolución acorde al artículo 34 de la LNSM, sino a efectivizar el procedimiento, de forma expeditiva.

A la vez, la normativa se adopta en consonancia con los nuevos principios fundamentales del procedimiento administrativo contemplados en la Ley N° 27.742 de “Bases y Punto de Partidas para la Libertad de los Argentinos”, como lo son la simplificación administrativa y la buena administración, ya que adecua el procedimiento de habilitaciones de estos dispositivos a fin de garantizar un procedimiento administrativo ágil, dinámico y diligente.

“De este modo, se fortalece la red de servicios mediante la creación de los dispositivos comunitarios necesarios para la transformación de la Red Asistencial y para optimizar la definición de los dispositivos incluyendo el abordaje de consumos problemáticos, así como de equipos interdisciplinarios para la continuidad de cuidados y la externación sustentable”, destacó el Ministerio de Salud por medio de un comunicado.