En el marco de una extensa jornada, la Cámara de Diputados de la Nación le dio media sanción al proyecto del oficialismo por el cual se establece la suspensión de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) durante el 2025.
La iniciativa, que recibió 162 votos afirmativos, 55 negativos y 28 abstenciones, suspende durante el presente año las PASO contenidas en el título II de la ley 26.571, de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, al tiempo que estipula que “para el proceso electoral del año 2025 regirán los plazos estipulados por el Código Electoral Nacional, la ley 23.298 y demás normas electorales contados a partir de los 10 (diez) días antes de la fecha de la elección general”.
Como miembro informante de La Libertad Avanza (LLA), el diputado Nicolás Mayoraz dijo al inicio del debate que con esta norma están cumpliendo una promesa del Presidente Javier Milei al achicar el costo de la política. “Las PASO terminaron siendo una encuesta cara. Debemos devolverles a los partidos políticos la libertad de elegir sus candidatos”, sostuvo.
Entre las numerosas intervenciones durante su tratamiento, el diputado Juan Manuel López (Coalición Cívica) consideró que el sistema de las PASO está en “crisis” por distintas razones y que la solución de consenso es la suspensión; mientras que su par de Unión por la Patria (UP), Germán Martínez, aprovechó para cuestionar la falta de debate de la Ley de Presupuesto 2025 y agregó que su bloque no tenía una posición unificada sobre la suspensión de las PASO.
En otro orden, la Cámara Baja también dio su aprobación a los proyectos de reiterancia y de juicio en ausencia: en el primer caso, se trata de la modificación del Código Penal, Código Procesal Penal Federal y Código Procesal Penal en materia de Reincidencia, Reiterancia, Concurso de Delitos y Unificación de Condenas (obtuvo 138 votos afirmativos, 94 negativos y 1 abstención).
Concretamente, la iniciativa estipula que “se considerará reincidente a toda persona que haya sido condenada dos o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme”.
Por otro lado, se dio media sanción a la modificación al Código Procesal Penal y Código Procesal Federal sobre Juicio en Ausencia del Imputado (147 votos afirmativos, 68 negativos y 9 abstenciones) que establece en su articulado que “la ley procesal aplicable contenga disposiciones encaminadas a garantizar que los procesos judiciales avancen incluso cuando el acusado no comparezca ante el tribunal”.