Por medio de la Resolución General 5664/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió el universo de establecimientos que pueden utilizarse para almacenar mercadería y su posterior traslado en el marco del régimen de “Exporta Simple”.
De esta manera, se instrumentó que todos los depósitos fiscales que posean elementos de control no intrusivo -escáneres- podrán ser utilizados para operaciones de exportación simplificada.
Vale recordar que, hasta el momento, el único depósito fiscal habilitado para tal fin era Terminales de Cargas Argentinas (TCA) del Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini de Ezeiza, con lo cual y a partir de esta modificación, las MiPyMes podrán contar con un mayor número de lugares operativos desde donde enviar sus exportaciones y lograr disminuir costos logísticos.
Finalmente, en la medida publicada en el Boletín Oficial se aclaró que los “Operadores Logísticos del Régimen Exporta Simple” podrán exportar por todas las vías, ya sean terrestre, marítima o aérea.
El régimen de “Exporta Simple” fue creado con el propósito de facilitar las operaciones de exportación de menor cuantía con fines comerciales y así impulsar el desarrollo de nuevos mercados para las micro, pequeñas y medianas empresas. Asimismo, cabe señalar que el monto anual de facturación de estas exportaciones debe ser igual o inferior a los USD 600.000 de valor FOB por sujeto.