Se eliminaron las percepciones a cuenta por compras de moneda extranjera

Se eliminó el régimen de percepciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales sobre la compra de moneda extranjera. La medida aplica para la compra de divisas a cargo de personas humanas para atesoramiento o destino específico. Por Cuarto Intermedio

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eliminó el régimen de percepciones de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales sobre la compra de moneda extranjera.

De esta manera, entonces, ya no se aplicará de ahora en adelante el cobro a cuenta del 30% de impuestos sobre la compra de divisas a cargo de personas humanas para atesoramiento, pudiendo acceder a través de las entidades habilitadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a la compra de divisas sin ningún tipo de restricción ni retención por parte del organismo recaudador.

Por otro lado y en relación a las compras en dólares en el exterior, estarán alcanzadas por la percepción del impuesto a las ganancias o sobre los bienes personales, dependiendo del tipo de contribuyente y la operación las compras con tarjeta de crédito, débito u otros medios de pago equivalentes en el exterior; la adquisición de servicios prestados por no residentes; y la contratación de servicios turísticos o de transporte con destino fuera del país.

Esto, en la práctica, significa que las compras de bienes y servicios en el exterior continuarán sujetas al régimen de percepción de la Resolución General 5617.