A partir de este martes 1° abril, todas las facturas emitidas por vendedores de bienes y servicios deberán detallar en el monto correspondiente al componente impositivo.
En ese sentido, vale recordar que desde enero pasado la medida instrumentada por medio de la Resolución General 5614/2024 estaba vigente para las grandes empresas, mientras que aquellos que emitían comprobantes a través de facturación electrónica con sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la posibilidad de discriminar el IVA en sus tickets de compra.
No obstante, a partir de ahora la obligación se extiende a todo el universo de comercializadores de cualquier tipo de bien o servicio.
De esta manera, los consumidores podrán visualizar de forma clara la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos, dado que en los comprobantes deben mostrarse en un apartado del ticket donde se desglosa el impuesto al valor agregado (IVA) y los impuestos internos en el campo “Otros impuestos nacionales indirectos”.
Por otro lado, desde la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aclararon que el consumidor final no deberá hacer ninguna operación, y que en la factura o ticket de compra podrán visualizar la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor (Ley 27.743)”, donde estarán discriminados los impuestos anteriormente detallados.