El mismo día en que los gremialistas Hugo Moyano y Luis Barrionuevo, con el aporte de los piquetes de fuerzas de izquierda, paralizaron el país, se conoció que la Cámara Laboral avaló el despido de un trabajador de la alimenticia Kraft que participó activamente en una protesta en la planta de la empresa en la localidad bonaerense de Tigre en 2009.
La Sala Séptima del tribunal revirtió así un fallo de primera instancia que había considerado que el despido del trabajador, Jorge Daniel Galván, había sido “un acto discriminatorio por motivos antisindicales”.
Aquel fallo, ahora dejado sin efecto, dispuso la “nulidad” del despido y ordenó “la reincorporación del actor en su puesto de trabajo, más los salarios caídos”. Pero las camaristas Beatriz Fontana y Milagros Ferreirós establecieron que “se encuentra acreditada la participación activa del actor en los hechos de inusitada violencia en los que se llevó a cabo el desalojo de la planta que la demandada”.
Los hechos ocurrieron el 6 de julio de 2009 durante una “huelga ilegal con ocupación de establecimiento en flagrante y conciente violación de la Resolución del Ministerio de Trabajo”, que había dictado una conciliación obligatoria. El trabajador fue despedido “con causa”, es decir, sin derecho a indemnización, por haber “paralizando las tareas de la empresa” y por haber “ingresado en forma irregular a la planta mediante escalamiento y valiéndose de presiones e intimidación al personal para lograr la obstrucción y cesación de tareas”.
Los trabajadores reclamaban medidas de prevención y seguridad ante los riesgos de contraer Gripe A, una enfermedad que se propagaba por aquel entonces con riesgos para la salud de las personas. Un grupo de obreros, entre los que se encontraba Galván, “no permitían que se trabajara normalmente, llegando a empujar, golpear y lastimar con cutters a algunos trabajadores. Los empellones, muestras de cuchillos y armas de fuego asustaron a los que estaban en la línea que solo quieren trabajar y no enfrentarse con los despedidos”, sostiene la documentación que tomó en cuenta el tribunal.
La Cámara recordó que la legislación laboral tiende a “procurar la solución de los conflictos garantizando la paz social”, por lo que “no resulta tolerable la autoexclusión por parte del trabajador de un proceso que se vincula con valores humanos fundamentales como son el respeto por las instituciones y la no violencia”.