Una ONG consiguió que los nombres de la Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y del ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo, fueran quitados de los mails remitidos a los ciudadanos que tramitan el DNI.
La causa fue promovida por la asociación civil “Ciudadanos Libres por la Calidad Institucional”, que reclamó por vía judicial que “se disponga el cese de la publicidad oficial ilícita que se manifiesta en los mensajes de correo electrónico que envía el Ministerio del Interior a los ciudadanos que inician el trámite de su Documento Nacional de Identidad”.
“Sin necesidad alguna que pueda imputarse a motivos de carácter ‘educativo, informativo o de orientación social’, contienen el nombre de la Presidenta de la Nación y del Ministro del Interior, quien firma digitalmente cada uno de ellos”, alertó la organización. El reclamo fue rechazado en primera instancia, pero la ONG insistió ante la Sala Quinta de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, argumentando que las firmas en los correos tenían “claros fines de promoción personal”.
El artículo 42 de la ley de Ética Pública establece que “la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella, nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”.
Pero mientras tramitaba la apelación, “el Ministerio del Interior y Transporte ha dispuesto la modificación del texto que envía a través de correo electrónico, a aquellos ciudadanos que solicitan el Documento Nacional de Identidad y/o pasaporte por intermedio de esa cartera del Estado”, explicaron los jueces Guillermo Treacy, Jorge Federico Alemany y Pablo Gallegos Fedriani.
“En dichos mensajes se ha suprimido toda mención de nombres y apellidos de funcionarios públicos, siendo ello acorde a lo requerido por la parte actora conforme surge de estas actuaciones”, añadieron.
“Al suprimirse los nombres de la Sra. Presidenta de la Nación y del Sr. Ministro del Interior en el texto del correo electrónico enviado a los ciudadanos que tramitan el Documento Nacional de Identidad, se ha extinguido el objeto procesal e impide, por cierto, considerar la sustancia de dicha cuestión”, resumió el fallo.
En su voto, el juez Alemany destacó que el Estado Nacional “cesó de manera voluntaria en la conducta cuestionada como ilegítima en la demanda”.