Aún cuando todavía no hay condena penal, un empleado fue despedido de su trabajo por el presunto robo de equipajes que llegan o parten desde el aeropuerto internacional Ministro Pistarini.
(Cuarto Intermedio – 17 de noviembre de 2010)- La Cámara Laboral confirmó el despido “con causa” (sin derecho a indemnización) de un empleado de la empresa Intercargo, acusado y en camino a juicio oral por el presunto robo de equipajes de pasajeros que llegaban o partían desde el aeropuerto de Ezeiza, en un sonado caso que estalló en diciembre de 2006.La Sala Primera de la Cámara, con las firmas de los jueces Julio Vilela y Gabriela Vázquez, ratificó el despido de Pablo Gabriel Alves de Castro, pese a reconocer que no fue condenado y que goza de la presunción de inocencia en la causa penal. El 19 de diciembre de 2006, ocho personas fueron detenidas, al menos tres pertenecientes a la empresa estatal Intercargo (que brinda servicio de rampa), en el marco de una serie de allanamientos con epicentro en el aeropuerto internacional de Ezeiza por robo de cargas y equipajes. En ese grupo estaba Alves de Castro, quien “fue involucrado en un procedimiento que realizó la Policía de Seguridad Aeroportuaria por faltantes de efectos personales de pasajeros en sus equipajes, que su domicilio fue allanado y que, como consecuencia de lo antedicho, fue detenido junto con otras personas”, explica el fallo laboral.Alves de Castro fue procesado por el juz federal de Lomas de Zamora Alberto Santamarina, confirmado por Cámara y elevado a juicio oral por el presunto “delito de robo calificado”.“Atento los hechos de público conocimiento ocurridos el 19/12/06 que motivaran la intervención del Juzgado Nacional de Primera Instancia Federal de Lomas de Zamora número uno, hecho que ocasiona una pérdida de confianza tal que hace materialmente imposible la prosecución del vínculo laboral. Queda Ud. despedido con causa”, expresó Intercargo al romper la relación laboral. Según la empresa, las “irregularidades detectadas afectan gravemente la imagen comercial de Intercargo”.Alves de Castro reclamó que fue cesanteado cuando todavía goza de la presunción de inocencia. “La falta de condena del actor y la presunción de su inocencia en los delitos investigados no impide que, para la demandada, su actuación tuviera gravedad suficiente como para justificar la ruptura de la relación laboral por pérdida de confianza”, añade el fallo.