La Cámara Laboral confirmó la condena contra una empresa de alarmas domiciliarias por “mobbing”, a raíz de los malos tratos que denunció uno de sus empleados.
“El mobbing que denunció en la demanda condujo a un menoscabo y padecimiento laboral”, sentenciaron los integrantes de la Sala Primera de la Cámara, Gloria Pasten de Isihara y Miguel Angel Maza.
“La violencia en el ámbito de las relaciones laborales se manifiesta en diferentes formas de maltrato, se relaciona con la utilización abusiva del poder para obtener un resultado concreto, mediante toda acción, conducta o inactividad ejercida o tolerada en el ámbito laboral por la parte empleadora”, subrayó el fallo.
Esa violencia laboral también pueden ejercerla “superiores jerárquicos o terceros que restringen la esfera de la libertad y constituyen un atentado a la dignidad, la integridad física, moral o sexual de la persona trabajadora”.
“El empleador debe velar por la integridad psicofísica de sus dependientes mientras se encuentren prestando las tareas asignadas”, añadió el fallo.
La condena recayó sobre la empresa ADT Security Services y benefició a su ex empleado, quien “debía soportar el maltrato constante de su jefe, era desacreditado públicamente, vivía en un clima de hostilidad laboral y debía sobrellevar actitudes crueles por parte de quien era su superior”.
“Lo expuesto, conduce a concluir que el ambiente de trabajo en el cual debió desempeñarse el actor lucía nocivo y hostil”, resume el fallo.
“El actor resultó víctima de la perturbación psicológica o moral aludida”, insistió.