Denuncian a dos jueces que le bajaron la pena a un violador

En un controvertido fallo, los camaristas consideraron “atenuante” del delito el “nivel social” de dos víctimas menores de edad. (Cuarto Intermedio – 7 de abril... Por Cuarto Intermedio

En un controvertido fallo, los camaristas consideraron “atenuante” del delito el “nivel social” de dos víctimas menores de edad.

(Cuarto Intermedio – 7 de abril de 2011)- Un pedido de enjuiciamiento, por presunto mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, fue elevado contra los jueces del Tribunal de Casación Penal de la Provincia Horacio Piombo y Benjamín Sal Llargués, los magistrados que emitieron recientemente un fallo en el que redujeron a la mitad la condena de prisión aplicada a un hombre responsable de cuatro abusos sexuales con acceso carnal, dos de ellos con menores de edad como víctimas.La semana pasada, un tribunal de Morón había condenado en 2004 a Francisco Avalos a 18 años de prisión por ser responsable de cuatro abusos sexuales con acceso carnal cometidos en el año 2000. Los magistrados consideraron entonces agravantes del delito que el hombre fuera pastor de un culto religioso que inculcaba a sus víctimas que habían sido “elegidas por Dios” para engendrar hijos con él ante un inminente fin del mundo, generando a partir de esas premisas un “contexto intimidatorio”, ya que, proclamándose un “elegido de Dios” les hizo creer que la ira divina caería sobre ellas si no se sometían a “la voluntad del Señor”. Los jueces sostuvieron, asimismo, que Avalos había cometido el delito de corrupción de menor de edad, otro agravante de la pena, ya que dos de las víctimas de los abusos tenían 14 y 16 años.Pero aquella sentencia fue recurrida ante el Tribunal de Casación Penal de la Provincia por el abogado de Avalos invocando, entre otros argumentos, el presunto “consentimiento prestado en forma libre por las víctimas menores de edad”. Y siete años después -hace 20 días-, la Sala Primera de esa Cámara, integrada por los platenses Piombo y Sal Llargués, absolvió al condenado del delito de “corrupción de menor de edad calificado por intimidación” y dispuso reducir la condena de prisión de 18 años a nueve años y seis meses.Ayer, estos dos jueces fueron denunciados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados por el diputado provincial Raúl Pérez, quien requirió que se investigue si cometieron mal desempeño de sus funciones.En la denuncia se considera como “primera irregularidad grave la injustificada e inaudita demora en el trámite de la causa” en Casación, ya que transcurrieron siete años entre la apelación y el fallo por el que se redujo la pena. Y se destaca que esa demora tuvo como contracara un beneficio adicional para el condenado por la aplicación de la denominada ley del dos por uno (que establecía que se computara doble cada año en prisión sin condena firme, y que fue derogada en 2001 pero se siguió aplicando a procesos iniciados antes de ese año).Pero, centralmente, el pedido de jury hace eje en que “la discriminatoria argumentación” en que se basaron Piombo y Sal Llargués para reducir la pena de Avalos “conculca el principio de igualdad que establece la Constitución Nacional” e incumple preceptos de las Convenciones de los Derechos del Niño y Americana de Derechos Humanos, a las que el país ha adherido.El legislador recuerda, para ello, que el juez Piombo, que fundamentó la resolución con la adhesión de Sal Llargués, sostuvo con relación a la violación de las dos menores que “lo hecho por el condenado, tener relaciones sexuales con mujeres que viven en comunidades en las que el nivel social acepta relaciones a edades muy bajas; que además poseían experiencia sexual, incluso en yacer con otros hombres (…), no lo veo como algo moralmente edificante pero tampoco como un quehacer aberrante, repulsivo, que hiera la integridad sexual”.Pérez sostiene que esas razones, invocadas por los jueces para decidir que el abusador no había cometido corrupción de menores y reducirle la pena, “resultan de inusitada gravedad” que podrían incluso “generar responsabilidad internacional del Estado argentino”.