La Cámara Nacional del Trabajo sostuvo que la indemnización por daño sicológico puede ser superior a lo que corresponde abonar por las heridas que sufrió un empleado que, cuando se dirigía a laborar, fue víctima de un robo con arma de fuego.
Con ese argumento, la Sala VII de la Cámara ratificó el fallo que condenó a Provincia ART S.A. a indemnizar por esos conceptos un empleado de la empresa de seguridad Legal Segurity cuando, el 20 de abril de 2013, se registraron los hechos que motivaron la demanda.
Ese día la víctima, quien se dirigía a su trabajo, en la intersección de las calles Bustos y Urunday, en la localidad bonaerense de Lomas de Zamora, fue atacada por dos individuos que se desplazaban en una motocicleta.
Los agresores le dispararon tres veces, provocándoles heridas en el muslo y en la cintura de la víctima, quien se recuperó luego de un tratamiento kinesiológico.
El 27 de mayo de 2013 el trabajador fue dado de alta luego que los médicos le extrajeran, con éxito, un proyectil que tenía alojado en la pierna herida.
La demandada se quejó porque los médicos reconocieron un 3,80 y un 20 por ciento por incapacidad y daño sicológico, respectivamente, lo que consideraron una diferencia “abismal”.
Pero el tribunal de segunda instancia sostuvo que “el daño psíquico conlleva una alteración de la personalidad, que acarrea síntomas, depresiones y estados de inhibición, actuaciones, bloqueos, estados de angustia, frustración e insatisfacción”.
Una perito informó que el trabajador, debido al “robo con intento de homicidio y lesión con arma de fuego”, sufrió y seguía padeciendo “un trastorno por estrés postraumático en comorbilidad con un trastorno depresivo”.
“No encuentro fundamento válido para decidir que el daño psicológico no pueda superar al daño material, o deba guardar una proporcionalidad respecto de éste, ya que se trata de un daño autónomo”, sostuvo la camarista Milagros Ferreirós, a cuyo voto adhirió Néstor García Brunengo.