Ane la apelación fiscal, la Sala IV de la Cámara agravó la pena de tres años de prisión en suspenso que el Tribunal Oral Federal número 1 de San Martín le había impuesto a un ayudante de 3ª por el episodio que tuvo como víctima a un interno portador de HIV y Hepatitis.
El 16 de octubre de 2007 el detenido, quien ese mediodía era ingresado esposado al penal, recibió una “brutal golpiza” por parte de agentes penitenciarios -entre ellos el acusado- quien con una patada en el abdomen provocó la rotura del bazo, órgano que luego le fue extirpado “con gran urgencia”, según constancias de la causa.
Para agravar la pena, la Sala IV consideró la función que cumplía el agente y que el golpe que le asestó a la víctima “puso en riesgo” la vida del preso, que debió sufrir la extirpación de un órgano “cuya función principal se encuentra vinculada con el sistema inmunológico, que en el caso de un interno portador de HIV y con hepatitis casi lo mata”.
Los camaristas Gustavo Hornos, Juan Carlos Gemignani y Mariano Borinski recordaron que “el Estado asume una posición de garante respecto de las personas privadas de su libertad” y “debe asegurar y respetar los derechos humanos básicos y fundamentales”.
Los camaristas destacaron el “estado de indefensión” (estaba esposado), “inferioridad de condiciones” y “soledad” del detenido “frente a los ataques que le causaron varios penitenciarios” que “lo dejaron en el piso por los golpes producidos, actuando sin riesgo y sobre seguro”.