De esta manera y tras la publicación de la norma en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional estableció como días no laborables con fines turísticos -previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399- las siguientes fechas: para el año 2018, los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre.
Asimismo, también fijó como feriados “puente” para el 2019 los días 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.
“La Ley Nº 27.399 facultó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres (3) días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes”, se explica entre los considerandos de la medida que lleva las firmas del Presidente Mauricio Macri; del jefe de Gabinete, Marcos Peña; y del ministro de Turismo, José Gustavo Santos.