Por medio de la Disposición 520/2019 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional estableció la creación de un programa especial para migrantes venezolanos para facilitar el ingreso al país, la regularización de su condición migratoria y la inserción social en la comunidad.
De esta manera, el “Programa de Asistencia a Migrantes Venezolanos” -tal como se lo denominó- prevé una serie de beneficios, como el ingreso al territorio nacional de ciudadanos venezolanos que porten Cédula de Identidad o Pasaporte vencidos emitidos por la República Bolivariana de Venezuela cuyo plazo de vencimiento no exceda los dos años; o para el caso de menores de nueve años de edad que ingresen vía terrestre con uno o ambos progenitores, se podrá aceptar excepcionalmente la partida de nacimiento, siempre que no portase alguno de los documentos mencionados.
Asimismo, también se habilitó a la Dirección General de Inmigración a iniciar los trámites de residencia de los nacionales de Venezuela en la categoría temporaria en los casos que presenten documentación de viaje o de identidad vencida cuyo vencimiento no supere los dos años para acreditar la identidad y nacionalidad.
“Con la firme voluntad de ayudar al pueblo venezolano que vive una crisis humanitaria sin precedentes en la historia, brindando herramientas de excepción que faciliten el acceso al Territorio Nacional y a la residencia, entendiendo que ello contempla el espíritu de la Ley de Migraciones y nuestra tradición abierta a personas que requieren distintos mecanismos de protección, resulta conveniente dictar una medida que propenda a la flexibilización, simplificación y eventual eximición, previa evaluación de cada caso en particular, de los requisitos documentales exigidos en la Ley y su Reglamento”, se expresó entre los considerandos de la norma.