“Prorrógase la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, establecido por las Resoluciones N° RESOL-2020-79-ANSES-ANSES de fecha 19 de marzo de 2020 y RESOL-2020-95-ANSES-ANSES de fecha 22 de abril de 2020, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones puestas al pago durante los meses de julio y agosto de 2020”, se instruyó en el artículo 1° de la Resolución 235/2020 publicada en el Boletín Oficial.
De esta manera, se prorrogó por tercera vez consecutiva la suspensión del trámite de fe de vida o supervivencia que realizaban de manera presencial -previo al inicio de la pandemia- tanto jubilados como pensionados en las entidades bancarias.
Por otra parte, la norma también aclara que las entidades pagadoras conservan la responsabilidad del control de la supervivencia, así como también la de rendir como impagos, los fondos posteriores al fallecimiento del beneficiario, en el marco de las operatorias vigentes, a partir de la notificación de la novedad de fallecimiento cuando este ocurriera en los meses de marzo a agosto de 2020.
“Resulta necesario continuar tomando medidas excepcionales y urgentes a fin de minimizar los riesgos de la salud pública, en concordancia con las medidas dispuestas por el Estado Nacional”, se argumentó entre los considerandos de la medida que lleva la firma de la titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Fernanda Raverta.