La Cámara Nacional de Casación Penal avaló al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal como querellante en la que se investiga si un presunto falso letrado incurrió en el delito de “usurpación de títulos” y, en tal carácter, engañó a sus clientes de buena fe.
(Cuarto Intermedio – 18 de septiembre de 2009) – La Sala Cuarta del máximo tribunal penal consideró que “si bien es claro que en este tipo de ilícitos se afecta a los particulares que fueron engañados en su buena fe por el ‘falso abogado’, también se lesiona en forma directa a la institución que precisamente, tiene a su cargo vigilar y controlar que ello no suceda”.
En el expediente se investiga a Héctor Mario Sassi, quien supuestamente ejerció la profesión sin tener un título habilitante. El Colegio Público, por ley, tiene el control de la matrícula profesional y la obligación de “promover las acciones legales pertinentes para evitar y sancionar este tipo de conductas”.
El supuesto falso abogado está acusado por el delito contemplado en el artículo 247 del Código Penal, que establece que “será reprimido con prisión de 15 días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente”.