La eterna pelea por la policía porteña

La fiscal porteña Marcela Solano le recordó a la Policía Federal que no necesita una orden para intervenir ante casos de contravenciones cometidas “en flagrancia”... Por Cuarto Intermedio

La fiscal porteña Marcela Solano le recordó a la Policía Federal que no necesita una orden para intervenir ante casos de contravenciones cometidas “en flagrancia” y le advirtió que en caso de no hacerlo podría incurrir en el delito de “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

(Cuarto Intermedio – 29 de septiembre de 2009)- Mediante un oficio al titular de la Comisaría Quinta, en medio de la polémica por las manifestaciones en solidaridad con los despedidos de Terrabusi que colapsan el tránsito porteño, la fiscal subrayó que Ley de procedimientos Contravencional establece que “la prevención de las contravenciones está a cargo de la autoridad que ejerce funciones de policía de seguridad o auxiliares de la justicia en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires” y que la policía debe ejercer “la coacción directa para hacer cesar la conducta de flagrante contravención cuando, pese a la advertencia, se persiste en ella”.

“Cuando existan circunstancias debidamente fundadas que hagan presumir que alguien pudiese cometer un hecho contravencional, la autoridad de prevención se encuentra legalmente obligada a adoptar las medidas de prevención o disuasión necesarias. Cuando exista flagrancia la autoridad preventora debe, además de labrar el acta contravencional respectiva, advertir al presunto contraventor intimándolo al cese de su conducta ilícita y en caso de persistencia, debe proceder ejerciendo la coacción directa con el empleo de la fuerza en la medida estrictamente necesaria, adecuada a la resistencia y proporcional al mal que se quiere hacer cesar. La aprehensión procede sólo cuando sea necesario para hacer cesar el daño o peligro que surja de la conducta”, explicó.

No obstante, la policía sigue sin desbaratar los cortes de calles.