La propuesta para establecer una “Ley de Etica Pública” fue presentada por legisladores provinciales opositores, pero el vicegobernador salió a respaldarla.
Los funcionarios del Ejecutivo, jueces, legisladores y policías de las jerarquías más altas de la Provincia de Buenos Aires, estarán obligados a presentar una declaración jurada de bienes, entre otros requisitos, que establecerá una futura “ley de ética en el ejercicio de la función pública” bonaerense.
Es que así está previsto en un proyecto de ley presentado el año pasado por un opositor, el senador Ricardo Vázquez, del Gen (el sector de Margarita Stolbizer), y al que ahora el vicegobernador Gabriel Mariotto resolvió impulsar y respaldar.
De hecho, aunque la iniciativa fue ingresada al Senado desde la oposición, fue Mariotto quien anunció la decisión de avanzar con el proyecto que establece, entre otras cosas, fuertes sanciones monetarias para quienes no cumplan con lo establecido en el futuro régimen.
Así, con el apoyo del oficialismo y de por lo menos parte de la oposición, la “ley de ética pública” será seguramente sancionada antes de fin de año.
En ese marco, el vicegobernador dijo que el Frente para la Victoria (FpV) iba a presentar una iniciativa de esas características, pero “como ya estaba la presentada por el senador Vázquez, de un espacio político distante del nuestro pero con el que compartimos un ideal”, se resolvió trabajar sobre el proyecto de Vázquez, que podría registrar algunas modificaciones durante su tratamiento en las comisiones.
El proyecto establece que todos los funcionarios de los tres Poderes del Estado provincial con categoría o función no inferior a la de director o equivalente (secretarios, en la Justicia), presenten una “declaración jurada patrimonial integral” dentro de los 30 días hábiles desde la asunción en el cargo.
Esa exigencia deberá ser actualizada una vez al año y vuelta presentar con las modificaciones que se hubieran producido en los 30 días hábiles posteriores a la cesación en el cargo.
Estarán obligados a cumplir con ese trámite el gobernador y el vice; senadores y diputados; jueces; el defensor del Pueblo y sus adjuntos; jefe de Gabinete, ministros, secretarios y subsecretarios del Ejecutivo; titulares de los organismos de la Constitución (Fiscalía de Estado, Tribunal de Cuentas y el contador y el tesorero generales de la Provincia) y los miembros del Consejo de la Magistratura.
También alcanza a todos los funcionarios con categoría no inferior a director de la administración central, entes descentralizados y del Banco Provincia.