La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que habilitó la adhesión a la moratoria para monotributistas, herramienta prevista en la ley de “alivio fiscal” que permite regularizar deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%.
De esta manera, entonces, los contribuyentes podrán ingresar a los planes de pago obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2021, siendo que para poder adherir a la moratoria los pequeños contribuyentes deberán tener declarados ante el organismo recaudador nacional el domicilio fiscal electrónico y la CBU de la cuenta bancaria de la que debitará cada una de las cuotas.
Por otro lado, se especificó que la cantidad máxima de cuotas y la tasa de interés a acceder dependerá de la categoría en la que se encuentren los monotributistas de acuerdo a la siguiente tabla:
Las cuotas a abonar serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera de ellas, a la que se le sumarán los intereses financieros desde el día de la consolidación del plan hasta su vencimiento -el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 100 pesos-.
Asimismo, la fecha que se tendrá en cuenta para calcular la consolidación de la deuda será la correspondiente a la fecha de la solicitud de adhesión -las cuotas vencerán el 16 de cada mes a partir del mes siguiente al de consolidación-.