Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 488/2021, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) recordó que el sistema para que las empresas tramiten a través del sitio web del organismo la inscripción al programa “REPRO 2” estará habilitado hasta el 31 de agosto, inclusive.
El Programa de Recuperación Productiva 2, cabe recordar, es una herramienta diseñada por el Gobierno nacional para sostener el empleo en sectores con dificultades económicas en el marco de la pandemia del COVID-19, cuya asistencia a las empresas consiste en el pago de una suma mensual a los trabajadores a cuenta de sus correspondientes remuneraciones.
La medida, básicamente, está orientada hacia gastronómicos, empresas de turismo, y otros sectores de la economía considerados como “críticos” desde la irrupción de la pandemia del COVID-19.
Por su parte, los montos del beneficio que perciben directamente los trabajadores de cada empresa dependen del sector:
-Sectores no críticos: $ 9.000.
-Sectores críticos: $ 22.000.
-Sector salud: $ 22.000.
Para acceder al beneficio, desde la AFIP indicaron que los empleadores deberán cumplir con los parámetros establecidos para, al menos, cuatro de los indicadores que sean detallados en Medidas de Alivio.
Además, para determinar la nómina de personal y el monto de los salarios se considerará como referencia al mes de julio de 2021; mientras que para el cálculo de la variación interanual de la facturación, la normativa dispone que se utilizan los datos correspondientes a los meses julio de 2019 y julio de 2021.