La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó que hasta el 31 de diciembre no considerará para el Plan de pagos Ganancias y Bienes Personales la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) para determinar la cantidad de cuotas, pago a cuenta y tasa de interés de financiación de las categorías A, B, C o D.
Asimismo, las condiciones para acceder al beneficio son: 3 cuotas, un pago a cuenta del 25%, y la tasa de financiación prevista en la Resolución General N°4057.
El beneficio, cabe mencionar, alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D, y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.
Para el Plan de pagos permanente, en tanto, la normativa también extiende hasta el 31 de diciembre de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes.