No estaba muerto…

El diario La Razón, propiedad del Grupo Clarín, deberá  indemnizar por “daños y perjuicios” a una familia sobre la cual publicó una noticia errónea que... Por Cuarto Intermedio

El diario La Razón, propiedad del Grupo Clarín, deberá  indemnizar por “daños y perjuicios” a una familia sobre la cual publicó una noticia errónea que indicaba que el hombre fue asaltado y cuando la mujer quiso defenderlo, le disparó accidentalmente y lo mató.

(Cuarto Intermedio – 20 de enero de 2010)- Hubo un asalto, pero no un muerto. Y menos a manos de su propia esposa, según determinaron los integrantes de la Sala E de la Cámara Civil, Juan Carlos Dupuis, Fernando Racimo y Mario Calatayud. “Negligencia en el tratamiento de la noticia por parte de la publicación”, fue el nombre del delito civil imputado al diario por parte de la Justicia.

Los hechos indican que “al salir de su domicilio en la ciudad de Lanús, provincia de Buenos Aires, el esposo fue asaltado por ladrones armados, quienes le exigieron la entrega de sus pertenencias y, ante un acto instintivo de defensa, le dispararon, hiriéndolo. Ante el ruido de los disparos y el grito que profiriera, su esposa, que se encontraba en el interior de la vivienda, tomó un arma y disparó al aire, lo que motivo que los malvivientes escaparan”.

Lo que salió publicado fue bien distinto: “Mujer mató al marido en medio de un robo. Un hombre murió ayer al ser herido de un balazo cuando su esposa disparó contra dos ladrones que entraron a robar en su casa de Villa Barceló, en Lanús… la mujer, al tratar de auxiliar a su marido, tomó un arma y disparó contra los delincuentes, pero terminó hiriendo a su esposo, que murió minutos después”.

La diferencia entre la verdad y lo que salió publicado marcó la suerte del juicio.  Las circunstancias erróneas con que fue publicada la noticia “han sido expuestas a fin de atraer la atención del público lector a poco que se repare el contenido del título que lleva… señalar que la esposa mató a su propio marido en medio de un hecho delictivo es apto para despertar el interés de quienes acceden al ejemplar”, explica el fallo.