Por medio del Decreto 478/2023, el Gobierno nacional dispuso que aquellos empleadores inscriptos en el Registro Federal de Establecimientos de Salud que hayan asumido los compromisos del acuerdo suscripto entre la Secretaria de Comercio, la Unión Argentina de Salud y la Federación Argentina de Prestadores de Salud, gozarán de una serie de beneficios fiscales.
A partir de la medida, se busca evitar el incremento de las cuotas de medicina prepaga a los afiliados durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, siempre que se trate de un grupo familiar con ingresos brutos mensuales iguales o inferiores $2.000.000.
Por tanto, entonces, quienes resulten beneficiarios por cumplir con los requisitos quedarán eximidos del pago de las contribuciones patronales al SIPA entre septiembre de 2023 y marzo de 2024, ambos inclusive, con respecto de los profesionales, técnicos, auxiliares y ayudantes que presten servicios relacionados con la salud.
A la vez, también tendrán la posibilidad de acceder a un plan de facilidades de pago para cancelar las contribuciones patronales al SUSS y el IVA de los periodos devengados entre septiembre y noviembre de 2023 (el plan constará de 9 cuotas, abonándose la primera de ellas en marzo de 2024); y se les aplicarán alícuotas reducidas para el Impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias, para los hechos imponibles perfeccionados entre septiembre de 2023 y marzo de 2024, ambos inclusive (la alícuota para las operaciones en cuenta corriente será del 2,5 por mil, mientras que ascenderá al 5 por mil para las restantes operaciones).
En otro orden, se aclaró que si un sujeto adherido incumpliera con el acuerdo, se lo considerará automáticamente excluido de todos los beneficios.