Oficializan prohibición de cargos hereditarios en el Estado

Finalmente y trascurridos apenas unos pocos días desde que se realizara el anuncio, el Gobierno determinó que no se admitirá para acceder a un empleo en el ámbito del Sector Público Nacional ningún privilegio, ventaja o beneficio sustentado en vínculos hereditarios. Por Cuarto Intermedio

Por medio del Decreto 959/2024 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional prohibió los cargos hereditarios en la administración nacional, lo cual permitía hasta ahora que aquellos familiares o cónyuges de personal fallecido de organismos del Estado como el Banco Nación Argentina o de la Administración Federal de Ingresos (AFIP) pudieran acceder a ocupar sus posiciones laborales.

En concreto, la norma establece que no se admitirá para acceder a un empleo en el ámbito del Sector Público Nacional ningún privilegio, ventaja o beneficio sustentado en vínculos hereditarios, cualquiera sea la modalidad de contratación.

Por tanto, los órganos y entes del Sector Público Nacional -en los términos del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias- deberán adecuar la normativa correspondiente, en lo que resulte necesario, a los efectos de asegurar lo dispuesto dentro de los treinta días de la entrada en vigencia de la medida, al tiempo que se invitó a las provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a dictar normas de igual naturaleza.

“El ingreso de los empleados públicos debe ser orientado por criterios que promuevan el mérito y la profesionalización, a los fines de asegurar la más eficiente prestación de los servicios del Estado y protección de los recursos públicos”, se explicó entre lo considerandos del decreto, a la vez que se subrayó que no resulta admisible que se mantengan prioridades para acceder a un cargo público ni se otorguen privilegios que contravengan el principio de igualdad.