Oficializan reducción temporaria de las retenciones al campo

Luego del anuncio que realizaran recientemente el vocero presidencial, Manuel Adorni; y el ministro de Economía, Luis Caputo, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto por el cual se bajarán las retenciones al campo hasta fines de junio. Para las economías regionales, en tanto, se eliminan de manera permanente.  Por Cuarto Intermedio

Tal como se anunciara la semana pasada, el Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto 38/2025 por el cual se oficializó la baja parcial de las retenciones al campo hasta el 30 de junio próximo.

De esta manera, quedó establecida una reducción de la alícuota de los principales cultivos, tales como la soja (poroto), que bajará de 33% a 26%; los derivados de soja (aceite y harina) de 31% a 24,5%; el trigo, la cebada, el sorgo y el maíz, que pasarán del 12% al 9,5%; y el girasol del 7% al 5,5%.

A la vez, se eliminaron las retenciones (Derechos de Exportación) para las economías regionales y otros productos como el azúcar, preparaciones alimenticias, algodón, cuero bovino, bebidas, ovinos (lana y cueros), tabaco, forestoindustria, arroz, maní, golosinas y chocolates, entre otros.

Para poder acceder a la reducción temporaria de Derechos de Exportación, entonces, los productores deberán liquidar a los 15 días de presentada la Declaración Jurada de Venta al Exterior (DIVE), sin obligación de embarque, que se mantiene por 360 días desde la Declaración Jurada.  No obstante, también se podrá optar por no utilizar el beneficio y liquidar en plazo normal.

Finamente y de acuerdo a lo argumentado, la medida busca “dotar de una mayor competitividad a uno de los sectores productivos más relevantes del país a través de la reducción de los derechos de exportación, alineando las políticas con los principios de la libertad y una mayor apertura del comercio que impulsen el crecimiento de las cadenas de valor agroindustriales”.