El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) modificó las condiciones sanitarias para el ingreso de carnes (con o sin hueso), productos cárnicos y material reproductivo, desde las zonas libres de Fiebre aftosa con vacunación hacia regiones del país donde no se aplica la vacunación.
En concreto, esta adecuación que fue definida en la Resolución 180/2025 publicada en el Boletín Oficial, se encuentra en línea con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), y establece pautas sobre la maduración, empaque, procesamiento y transporte de carnes, así como requisitos sanitarios específicos para el material reproductivo.
De acuerdo a lo argumentado, el objetivo es garantizar la sanidad del ganado y la inocuidad de los productos, sin afectar la comercialización o el abastecimiento interno, así como tampoco el mantenimiento de los mercados con otros países.