Amplían la emisión de deuda pública y emiten Bonos a tasa fija del 22%

Las Secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron, por un lado, la ampliación de la emisión de Letras del Tesoro Nacional en pesos, a descuento, por hasta $27.000 millones, mientras que por el otro la emisión de Bonos del Tesoro Nacional en pesos a tasa fija 22% por un monto de hasta $35.000 millones. Por Cuarto Intermedio

Por medio de la Resolución Conjunta 37/2020, el Gobierno nacional dispuso la ampliación de la emisión de las “Letras del Tesoro Nacional en pesos a descuento con vencimiento 13 de julio de 2020”, emitidas originalmente mediante el artículo 1° de la resolución conjunta 35 del 11 de mayo de 2020 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía, por un monto de hasta $27.000 millones, las que se colocarán conforme las normas de procedimiento aprobadas a través del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda.

Por otra parte, también se dispuso la emisión de los “Bonos del Tesoro Nacional en pesos a tasa fija 22% vencimiento mayo de 2022”, por un monto de hasta $35.000 millones, con fecha de emisión fijada para el 21 de mayo de 2020 y vencimiento para el 21 de mayo de 2022 (2 años de plazo).

Según se estableció entre sus condiciones financieras, su amortización será íntegra al vencimiento y devengará intereses a la tasa nominal anual del 22%, siendo que los mismos serán pagaderos por semestre vencido los días 21 de noviembre y 21 de mayo de cada año hasta la fecha de vencimiento, y serán calculados sobre la base de 1 año de 360 días integrado por 12 meses de 30 días cada uno. “Cuando el vencimiento de un cupón no fuere un día hábil, la fecha de pago del cupón será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de vencimiento original”, se aclaró.

La forma de colocación, en tanto, se llevará a cabo en uno o varios tramos, según lo determine la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía, conforme a las normas de procedimiento aprobadas mediante el artículo 2° de la resolución conjunta 9/2019, y gozarán de todas las exenciones impositivas dispuestas en las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.

Por último, se estableció que las Letras serán negociables y se solicitará su cotización en el Mercado Abierto Electrónico (MAE) y en bolsas y mercados de valores del país.