La carga de la prueba

La Justicia laboral de hoy es muy distinta a la de los años 90, pese a que la mayoría de los jueces siguen en sus... Por Cuarto Intermedio

La Justicia laboral de hoy es muy distinta a la de los años 90, pese a que la mayoría de los jueces siguen en sus puestos desde entonces.

(Cuarto Intermedio – 9 de abril de 2010)- Prueba de ello es un fallo reciente de la Cámara Laboral que dispuso la reincorporación de un trabajador que adujo que había sido despedido por sus actividades sindicales, pese a que no tenía la protección como delegado o dirigente gremial.El fallo, virtualmente, consagra el principio de “inversión de la carga de la prueba”. Sostiene, en uno de sus párrafos medulares, que “basta que el trabajador proporcione un cuadro indiciario que permita la sospecha del acto discriminatorio para que se desplace hacia el empleador la carga de acreditar que su actuación obedeció a causas absolutamente extrañas a la vulneración de los derechos fundamentales ofendidos”.“El despido del actor se sustentó en su intento de participar activamente en el plano gremial, y el intento de la empleadora de atribuirle un mal desempeño en su trabajo no resulta verosímil”, señala la resolución.