Un tribunal oral decidió tomar la delantera en la caracterización del “femicidio” como un delito autónomo, consagrado como tal mediante la sanción de una ley que crea específicamente esa figura.
El tribunal número nueve, con las firmas de los jueces Luis García, Ana Dieta de Herrero y Fernando Ramírez, definió al femicidio como “el más profundo desprecio hacia la condición humana de la mujer”, cuya existencia queda supeditada a “someterse a las decisiones del hombre, por lo general su pareja”.
Consecuente con la doctrina que buscó imponer, el tribunal aplicó 20 años de cárcel a un acusado de haber intentado asesinar a su esposa, sin haberlo conseguido.
“El femicidio es, en sí mismo, la expresión extrema de la violencia de género por cuanto implica la negación de la vida misma”. Para los jueces, el hombre que mata a una mujer realiza “el final de un proceso de violencia que se ha prolongado en el tiempo, adquiriendo múltiples expresiones, humillaciones, amenazas, golpes, extorsiones, malos tratos e insultos, que se han multiplicado a lo largo de los años, provocando múltiples intervenciones institucionales”.