Así lo resolvió la Junta Electoral bonaerense. Los veedores deberán emitir informes con recomendaciones.
Por primera vez, los próximos comicios provinciales podrán contar con la presencia de observadores electorales. Así surge de una resolución de la Junta Electoral bonaerense que autorizó a que terceros ajenos al proceso puedan recolectar datos, elaborar informes y brindar recomendaciones sobre distintos aspectos de las elecciones.
A través de un reglamento elaborado por el organismo que preside el titular de la Suprema Corte provincial, Eduardo de Lázzari, se incorpora esta práctica y se establece la creación del Registro de Observadores Electorales, en donde podrán anotarse las organizaciones nacionales o internacionales sin fines de lucro y no partidarias, que cuenten con solvencia técnica y trayectoria reconocida en el ámbito de la observación electoral.
En la flamante normativa se establece que el observador electoral deberá actuar con imparcialidad, sin obstaculizar ni interferir en el desarrollo del proceso. También se consigna que el tratamiento de la información recopilada, su análisis y evaluación deberá ser objetiva y precisa.
Por último, la Junta Electoral dispuso que los informes definitivos sean publicados en el sitio web del organismo para que puedan ser consultados libremente.
En base a criterios de legitimidad y participación ciudadana, la iniciativa está inspirada en los estándares más modernos en la materia, entre los que se destaca la Declaración de Principios para la observación internacional de elecciones, suscripta en el año 2005 por Naciones Unidas, la Secretaría del Commonwealth, la Comisión Europea, la Organización de Estados Americanos y el Centro Carter, entre otros reconocidos organismos gubernamentales, intergubernamentales y no gubernamentales.
En la resolución de la Junta Electoral, se especifica que la decisión fue adoptada luego de que, el año pasado, el organismo que presidente De Lázzari asumiera el compromiso de elaborar un marco reglamentario que eventualmente permita materializar la participación ciudadana en los procesos electorales en carácter de observación.
Además, la Junta Electoral subraya que la observación electoral se ha convertido en una práctica generalizada y aceptada a nivel mundial, pues tiene múltiples finalidades, entre ellas, la de estudiar la integridad y otorgar legitimidad a un proceso; evitar conflictos entre los actores y formular recomendaciones que optimicen tanto la legitimación activa como pasiva del derecho a voto.
Dentro de las disposiciones específicas que contiene la resolución, la Junta Electoral destaca que las organizaciones que sean acreditadas como veedoras en los comicios bonaerenses tendrán derecho a observar las actividades del proceso en la etapa para las que fueron autorizadas, pero deberán abstenerse de obstaculizar a las autoridades o interferir en el desarrollo del proceso, así como realizar manifestaciones proselitistas.