La justicia rechazó definitivamente una demanda civil contra Boca Juniors por supuesto incumplimiento de contrato, a raíz del frustrado superclásico que debió disputar en 2009 en Bolivia, que nunca se jugó.
Para los tribunales argentinos, el partido pautado para el sábado 5 de septiembre de 2009, en el Estadio Tahuici Aguilera de Santa Cruz de la Sierra Bolivia, fracasó por la ausencia de River Plate.
“No se puede requerir un protesto al viento del demandado exigiendo la presencia de sus 11 jugadores el día del cotejo en el campo de juego, para enfrentar a un oponente que era de público y notorio que no iba a asistir”, sostuvo la Sala B de la Cámara Civil, en un fallo ahora confirmado por la Corte Suprema de Justicia.
Según la Cámara Civil, con las firmas de los jueces Claudio Ramos Feijóo, Mauricio Mizrahi y Omar Luis Díaz Solimine, “era de público y notorio que el Club River Plate no se iba a trasladar a la República de Bolivia para el amistoso”.
“Al no asistir River desaparece, por esta razón, la causa de la obligación del demandado (Boca). Al no haber causa no hay obligación”, resumieron los jueces, al rechazar la demanda de la empresa organizadora del frustrado partido, The Game SRL.
Boca había sido condenado en primera instancia, pero apeló el fallo argumentando que “la contratación y presencia del otro equipo con el cual se llevaría a cabo el superclásico estaba a cargo de The Game. Era su obligación que el rival del equipo de Boca Juniors se presentara a disputar el partido”.
El fallo recuerda que The Game “inició también demanda civil ante los tribunales de Bolivia contra River Plate por el incumplimiento contractual, llegando a una conciliación en la cual incluyó como rubro ‘Detalle de gastos’” un apartado denominado “cache Boca” por un monto de 150 mil dólares. En el acuerdo entre River y la organizadora “se establece que el presente acuerdo que los dineros pagados a Boca Juniors corresponderán ser cobrados por THE GAME S.R.L y son de exclusiva propiedad de ésta última”.
Pero el tribunal refutó que “los acuerdos que firman las partes entre sí como es el que arribaron la actora y el tercero Club Atlético River Plate no pueden perjudicar a terceros”.
La Corte Suprema, con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Enrique Petracchi, rechazó un recurso de queja presentado por la empresa boliviana y cerró definitivamente la causa.