La Legislatura de Córdoba sancionó una ley que establece la “tolerancia cero” para el consumo de alcohol en los conductores que circulen por las rutas de la provincia. La norma fue votada por el peronismo y rechazada por la oposición.
La norma baja el nivel máximo para los conductores de automóviles de 0,4 a cero gramo de alcohol por litro de sangre. Actualmente esto regía ya para los conductores de motos, taxis, camiones que transportan productos peligrosos y colectivos.
Además, se crea en la provincia la figura del “conductor designado”. La ley dice que “todo grupo de dos o más personas que pretenda ingresar a un local de diversión nocturna deberá designar de entre sus miembros un conductor designado, quien deberá prestar expresa conformidad a tal fin; no pudiendo ingresar al establecimiento sin cumplimentar con este requisito”.
Los datos del “conductor designado” deberán ser “consignados en el registro que cada establecimiento deberá llevar a tal fin, y le será retenida la licencia de conducir hasta su egreso del local”.
Los especialistas cuestionaron esta norma porque los alcoholímetros tienen un margen de error aún en personas que no han tomado alcohol, y además porque se traslada el cumplimiento de la ley, en el caso del “conductor designado” al sector privado, a los dueños de los boliches.