La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a una “acción de habeas corpus correctivo de incidencia colectiva” presentada por un interno de la complejo penitenciario federal de la Ciudad de Buenos Aires (ex cárcel de Villa Devoto) para que los reclusos cobren sin dilaciones los “peculios”, remuneraciones que deben percibir por sus trabajos intramuros.
La Sala Cuarta del máximo tribunal en lo penal del país, por mayoría, hizo lugar a un recurso de casación y revocó la resolución de Sala VII de la Cámara del crimen que había confirmado el “rechazo por parte del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción cinco de las acciones de hábeas corpus interpuestas por Alejandro Gutiérrez”.
El 12 de marzo último Gutiérrez presentó al “habeas corpus” a favor de “la totalidad de las personas privadas de su libertad ambulatoria alojadas en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que prestan relación laboral de dependencia en el marco de la ley 24.660”, de ejecución de las penas de prisión.
“La denuncia de irregularidades en el pago del peculio, tanto en relación con su dilación como en orden a la modalidad en que ello se efectiviza, con eventual afectación de los familiares de los internos trabajadores, constituye por la naturaleza de los derechos involucrados una situación susceptible de encuadrar en los supuestos que autorizan el recurso de habeas corpus”, sostuvieron los camaristas Gustavo Hornos y Mariano Borinsky.
“No es lo mismo reclamar el pago de salarios en término o en condiciones adecuadas para un trabajador en el medio libre, que para aquel que presta su mano de obra en condiciones de encierro carcelario”, afirmaron Hornos y Borinsky en uno de los párrafos de las 15 carillas de la resolución.