Una deudora hipotecaria en dólares pidió pagar en pesos invocando un artículo del nuevo Código Civil y Comercial aprobado el miércoles pasado, pese a que sólo entrará en vigencia en 2016.
La mujer pidió autorización a la AFIP para comprar 55 mil dólares billete para cancelar la deuda, pero ello le fue rechazado y, en consecuencia, se ve impedida de pagar, según argumentó.
En ese contexto, su abogado se presentó ante el juzgado civil número 109 invocando “el nuevo artículo 765 del Código Civil que autoriza a la parte deudora a pagar las obligaciones contraídas en dólares, en pesos al cambio oficial de la divisa”.
“Independientemente de la fecha en que el nuevo Código Civil entrará en lo futuro en vigencia, lo cierto es que ya desde hace largo tiempo se han venido dictando innumerables fallos que se han basado en el Proyecto del Código Civil”, explicó el abogado.
“Entonces, si se han dictado fallos en base al ‘proyecto’ del Código, más que más se debe sentenciar ahora en el sentido en el cual orienta el mismo, habida cuenta que este se ha transformado en ley”, añadió.
El escrito cita fallos en los que, ante la imposibilidad de pagar en dólares billete y frente a la existencia de una cotización oficial y otra paralela, “remiten a la cotización de la divisa en Montevideo, Nueva York o Bonos”.
“Esos precedentes han devenido caducos a partir del dictado de la nueva ley”, insistió el abogado de la deudora.
“No podrían obligarnos a pagar comisiones de operadores bursátiles en Nueva York para adquirir bonos, amén de los diversos tributos que gravan la operatoria de ‘contado con liqui’, utilizado para fugarse divisas del país, algo que precisamente la justicia no debería propiciar”, subrayó.