La Cámara del Crimen descartó que en un prostíbulo ubicado en el barrio porteño de la Chacarita un grupo de mujeres que ejercen la prostitución, varias de ellas extranjeras, estén siendo sometidas al delito de “trata de personas”.
La Sala Quinta de la Cámara consideró, tras analizar la modalidad de contratación de las prostitutas y comprobar que parte de lo que obtienen por su trabajo se lo queda una administradora, que “no se advierte, al menos de momento, la comisión del delito de trata de personas”.
La causa se inició a raíz de una denuncia efectuada por el fiscal Marcelo Colombo, titular de la Procuraduría de Trata de Personas y Secuestros Extorsivos, quien explicó que “en el interior del local `Venus´ ubicado en la Avenida Forest de la Capital Federal, se explotaría sexualmente a un grupo de, por lo menos, cinco mujeres mayores de edad”.
“El hecho de que en el inmueble referido haya mujeres en situación de prostitución y que exista al menos una persona que ejerza el control de la actividad que allí se lleva a cabo, y que a su vez se encargara de retener parte del dinero de los servicios sexuales brindados, importaba la obtención de un lucro respecto de la prostitución de las nombradas, lo que haría encuadrar los hechos en la hipótesis del delito de explotación económica de la prostitución”, sostuvo Colombo.
La primera investigación comprobó los términos de la denuncia, y “se determinó que en el inmueble existía un salón con diez mesas, que la entrada al lugar tenía un costo de setenta pesos, intercambiable por una consumición y que allí se arreglaban los ‘pases’”, eufemismo utilizado para denominar la contratación de servicios sexuales.
Además, “la Policía Metropolitana pudo constatar la presencia de cuatro mujeres que cumplirían el rol de ‘alternadoras’ y, detrás de la barra una mujer de nombre Jesy quien administraría los libros de ‘pases’ de las mujeres y sería a su vez, la administradora del local”, explica el fallo.
“Varias de las mujeres que prestaban sus servicios en el local eran de nacionalidad extranjera”, añade la documentación.
Sin embargo, los jueces María Laura Garrigós de Rébori, Gustavo Bruzzone y Mirta López González entendieron que de la investigación “surge con claridad que (las prostitutas) son libres tanto de entrar como de salir del lugar sin restricción alguna”.
“De la lectura de la presente no se advierte, al menos de momento, la comisión del delito de trata de personas”, resolvieron los jueces.
Así, descartaron que deba intervenir el juez federal Rodolfo Canicoba Corral por el delito de “trata”, y, en cambio, le asignaron la causa al juez penal de instrucción Luis Zelaya.