La entidad comandada por Ricardo Echegaray determinó que aquellos contratos que se celebren a partir de mayo podrán conceder derechos económicos, únicamente, a un club de fútbol o al jugador profesional involucrado. La medida acompaña la decisión de la FIFA que modificó el reglamento sobre el estatuto y las transferencias de los jugadores.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los contratos que se celebren a partir del 1º de mayo de este año podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado, por lo que se prohibirá que terceras personas puedan ser beneficiarias de los derechos de transferencia de los futbolistas.
En ese sentido y según lo consignado en la Resolución General 3740 publicada en el Boletín Oficial, “los contratos que se celebren a partir del 1 de mayo de 2015, inclusive, podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado, no pudiendo conceder a terceros el derecho de participar, parcial o totalmente, del valor del futuro traspaso de un jugador de un club a otro u otorgarles derechos relacionados con futuros fichajes o con el valor de futuros fichajes”.
Por lo tanto y según reza la nueva disposición gubernamental, “los sujetos -clubes o jugadores- obligados a actuar como agentes de información y, en su caso, de retención, de acuerdo con las previsiones de las Resoluciones Generales vigentes, continuarán informando conforme las previsiones de dichas normas, teniendo en cuenta que tales contratos podrán conceder derechos económicos únicamente a un club de fútbol o al jugador de fútbol profesional involucrado”.
En último lugar el órgano recaudador indicó que, a los fines del control, “efectuará cruces informáticos con la información referida a los contratos vigentes al 30 de abril de 2015, que la ‘Fédération Internationale de Football Association’ (FIFA) tenga registrados en el Sistema de Correlación de Transferencias (TMS)”.