La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo al “habeas corpus” presentado por un interno del Complejo Penitenciario Federal de Buenos Aires que se quejaba por una “superposición de visitas” que le provocaba un “agravamiento ilegítimo en las condiciones de detención”.
La Sala Primera de la máxima instancia en lo penal del país, por mayoría, declaró “inadmisible” un recurso contra el fallo de la Cámara del Crimen que había desestimado un “recurso de habeas corpus” presentado por la defensa del recluso.
El interno aludió a la “superposición de visitas que sufrió a raíz de lo dispuesto” por las autoridades “coincidiendo aquella autorizada bajo el régimen de visitas domiciliarias a su madre -tres horas, una vez por mes- y la concedida -cada quince días- respecto a su actual pareja de penal a penal, lo que conllevó a la inevitable elección entre una y otra”.
El camarista Luis Cabral, con el voto concurrente de su colega Ana María Figueroa y la disidencia de Gustavo Hornos, afirmaron que “no se configura ninguno de los supuestos por los cuales procede la acción interpuesta y es el juez de ejecución el que goza de competencia para expedirse en torno a los planteos de la defensa”.
Según constancias del expediente, el detenido “también solicitó una compensación por parte del Servicio Penitenciario Federal de la visita de tres horas que no fue gozada en el mes de octubre del año próximo pasado, y el cese de hostigamientos para con su persona por la actividad gremial que ejerce dentro del centro de detención donde se encuentra alojado”.
Si bien los camaristas rechazaron el “habeas corpus”, ordenaron que “deberán extraerse testimonios fin de que se investigue la posible comisión de delitos por parte de los funcionarios del Servicio Penitenciario Federal, por el hostigamiento del que dice ser víctima”.