La Cámara del Crimen rechazó un “habeas corpus” presentado por el ex subcomisario Luis Abelardo Patti, condenado por violaciones a los derechos humanos durante la última dictadura, porque no le repusieron tubos de luz en el pabellón de la cárcel de Ezeiza, donde está alojado.
El abogado de Patti, Carlos Eduardo Calvo, formuló el planteo -reservado para situaciones de “agravamiento de las condiciones de detención”-, argumentando que “no se repusieron los tubos de luz faltantes” en la cárcel.
Ello, “pese a que el Tribunal Oral Federal Número 1 de San Martín, a cuya disposición se encuentra detenido, dispuso que se cumpliera con ello”.
La Sala Sexta de la Cámara del Crimen porteña no analizó si la falta de tubos de luz efectivamente agrava la situación de Patti, sino que evaluó que “de haber existido un acto lesivo éste se habría cometido en ajena jurisdicción”.
En efecto, por cuestiones de territorialidad, los jueces de la Capital Federal no pueden actuar ante hechos que ocurren fueran de esa jurisdicción, y la cárcel de Ezeiza, que depende del Servicio Penitenciario Federal, está situada en la provincia de Buenos Aires.