La ex candidata presidencial cuestionó a Macri por el decreto que firmó para nombrar a dos nuevos jueces en el máximo tribunal. “Esto es un terrible retroceso institucional. Ni Cristina Fernández de Kirchner se animó a tanto”, resaltó.
La diputada nacional Margarita Stolbizer opinó que las designaciones que hizo Mauricio Macri por decreto de Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti para la Corte Suprema de Justicia fue su primer y grave traspié al frente del Ejecutivo nacional. “Esto es un terrible retroceso institucional. Ni Cristina Fernández de Kirchner se animó a tanto”, enfatizó.
Asimismo, la ex candidata presidencial de Progresistas explicó por medio de su cuenta personal de la red social Facebook que «el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional se refiere a empleos: estos podrían ser Embajadores, miembros de las Fuerzas Armadas, Directores del Banco Central. Pero no se puede nombrar por Decreto `en comisión´ a los titulares de otro Poder del Estado». «¿Qué independencia podrían tener estos Jueces con ese mecanismo?», se preguntó.
Además consideró que por mucho menos, la Corte de Justicia declaró la inconstitucionalidad de las subrogancias y los nombramientos irregulares de Cristina Kirchner. “¿Podrá sobrevivir esto? Es de un enorme retroceso institucional: usar un artículo de la época de la Colonia para designar Jueces `en comisión´. Con este hecho rifa el crédito inicial”, agregó.
Por otra parte, Stolbizer remarcó que el mecanismo constitucional del Acuerdo y la necesidad de contar con los 2/3 del Senado de la Nación para la designación de Jueces de la Corte Suprema, son lo que otorga equilibrio a los poderes y legitimidad a los nombramientos.
“Jamás se designó un Juez de la Corte `en comisión´ desde la recuperación democrática. La decisión no es propia del Estado de Derecho. Un Juez tiene garantía de estabilidad: ¿a estos podrían removerlos derogando el Decreto? ¡Es insostenible, es inadmisible!”, se indignó.
Por último, expresó que tener minoría en las Cámaras Legislativas no lo habilita al Presidente a salir de los márgenes que le impone la Constitución Nacional. “La independencia de los Jueces y las doctrinas modernas no pueden considerar alcanzados a los miembros de la Corte por el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional”, graficó.