La Cámara en lo Contencioso Administrativo se declaró “incompetente” para entender en el reclamo de una mujer que dice haber sido víctima del robo de su hijo en 1983, poco antes del fin de la dictadura, aunque no pudo probar que ese supuesto episodio haya tenido vinculación con el aparato represivo.
La mujer, Marta Inés Miravete Cicero, reclamó por la vía judicial que sus datos genéticos sean añadidos a los ya existentes de familiares de víctimas de la dictadura, pero la Cámara consideró que ese planteo constituye “una medida accesoria de la investigación llevada a cabo en sede penal sobre la sustracción del hijo o hija recién nacido de la demandante”.
Así, el fallo recordó que por la presunta sustracción existe una causa penal -que “habría concluido y estaría archivada”, dice el fallo- y que es allí donde debe plantearse la petición sobre el ADN.
“La medida cautelar en los términos solicitados significaría una intromisión indebida en la jurisdicción de los magistrados que tienen a cargo la causa penal referida y la determinación de la existencia y la calificación de los hechos”, sostuvieron los jueces Guillermo Treacy y Jorge Alemany.
Miravete Cicero explicó que el 6 de setiembre de 1983, cuando tenía 19 años de edad y aún usurpaba el poder la dictadura, dio a luz en la casa de una partera en el barrio porteño de La Recoleta.
“Me acerque y consulte a un farmacéutico de Nazca y Juan B. Justo en mis meses de embarazo. Pero después este, fue cómplice con una partera en su departamento de Avenida Quintana al 200 a realizar la sustracción de mí bebe en el parto, el 6 de septiembre de 1983 a las 5:45. Después, esta mujer no me dio a mi bebe, aduciéndome que había nacido muerto sin dejarme llevar su cuerpo para darle una cristiana sepultura”, describió la mujer.
“Después fui amenazada, coaccionada a dejar ese lugar, yo no pude verlo ya que estaba con calmantes y medicada. Pero yo tengo en mi mente que en los minutos del nacimiento sentí su llanto de lejos”, añadió.
En ese contexto, Miravete Cicero pidió que “se ordene el ingreso de su material genético a la base de datos para su posible y eventual entrecruzamiento con el de cualquier persona que allí pudiese presentarse, y se tratase de su hijo o hija”.
El BNDG lo rechazó, y ahora la Cámara en lo Contencioso Administrativo dispuso que el reclamo judicial tramite ante la justicia penal federal porteña.